Los Incoterms (International Rules for Interpretation of Trade Comercial Terms) son términos internacionales utilizados para interpretar las fórmulas contractuales típicas utilizadas en el comercio internacional y el transporte de mercancías. Creados por la Cámara de Comercio Internacional (CCI), los términos consisten en definiciones comerciales uniformes (Standard Trade Definitions), y establecen las obligaciones de compra y venta de mercancías entre: el vendedor/exportador (seller/exporter) y el comprador/importador (buyer/importer).

Fuente: gov.br/siscomex

EXW

EX WORKS (named place of delivery)
EN ORIGEN (lugar de entrega especificado)

El vendedor se limita a poner la mercancía a disposición del comprador en las instalaciones del vendedor dentro del plazo establecido, y no es responsable por el despacho de exportación ni por la carga de la mercancía en ningún vehículo de recogida.

Puede utilizarse para cualquier tipo de transporte.

Nota: debido a que el comprador extranjero no dispone de medios legales para realizar la salida de la mercancía del país, se entiende que esta gestión la realiza el vendedor, por su cuenta y riesgo, en el caso de exportaciones brasileñas.

FCA

FREE CARRIER (named place of delivery)
FRANCO TRANSPORTISTA (lugar de entrega especificado)

El vendedor cumple sus obligaciones y finaliza su responsabilidad cuando entrega la mercancía, despachada para la exportación, al transportista o a otra persona indicada por el comprador, en el lugar especificado en el país de origen.

Puede utilizarse para cualquier tipo de transporte.

El comprador y el vendedor pueden utilizar su propio medio de transporte en distintos tramos del desplazamiento.

FAS

FREE ALONGSIDE SHIP (named port of shipment)
FRANCO AL COSTADO DEL BUQUE (puerto de carga especificado)

Las obligaciones del vendedor terminan cuando la mercancía se coloca, despachada para la exportación, a lo largo del costado del buque de transporte indicado por el comprador, en el muelle o en los buques utilizados para cargar la mercancía, en el puerto de embarque indicado por el comprador.

Utilizado exclusivamente para el transporte por agua (marítimo o fluvial).

FOB

FREE ON BOARD (named port of shipment)
LIBRE A BORDO (puerto de embarque especificado)

Las obligaciones y responsabilidades del vendedor finalizan cuando se entrega la mercancía despachada para la exportación.

CFR

COST, INSURANCE AND FREIGHT (named port of destination)
COSTE, SEGURO Y FRETE (porto de destino especificado)

Además de asumir las obligaciones y riesgos previstos en el término FOB, el vendedor contrata y paga los fletes, gastos y seguros relativos al transporte de la mercancía hasta el puerto de destino convenido.

Se utiliza exclusivamente para el transporte marítimo o fluvial.

CIF

COST, INSURANCE AND FREIGHT (named port of destination)
COSTE, SEGURO Y FRETE (porto de destino especificado)

Además de asumir las obligaciones y riesgos previstos en el término FOB, el vendedor contrata y paga los fletes, gastos y seguros relativos al transporte de la mercancía hasta el puerto de destino convenido.

CPT

CARRIAGE PAID TO (named place of destination)
TRANSPORTE PAGADO HASTA EL LUGAR (local de destino especificado)

Además de asumir las obligaciones y riesgos previstos en el término FCA, el vendedor contrata y paga el flete y los gastos necesarios para llevar la mercancía al lugar de destino convenido.

Puede utilizarse para cualquier tipo de transporte.

CIP

CARRIAGE AND INSURANCE PAID TO (named place of destination)
TRANSPORTE E SEGURO PAGADOS HASTA EL LUGAR (local de destino especificado)

Además de soportar las obligaciones y riesgos previstos en el término FCA, el vendedor contrata y paga el flete, los gastos y el seguro relativos al transporte de la mercancía hasta el lugar de destino convenido.

Puede utilizarse para cualquier tipo de transporte.

DAP

DELIVERED AT PLACE (named place of destination)
ENTREGADA EN EL LUGAR (lugar de destino especificado)

El vendedor cumple sus obligaciones y extingue su responsabilidad cuando pone la mercancía a disposición del comprador, en la fecha o dentro del plazo convenido, en un lugar convenido del país de destino, lista para ser descargada del vehículo de transporte y no despachada para la importación.

Puede utilizarse para cualquier tipo de transporte.

El comprador y el vendedor pueden utilizar su propio medio de transporte para partes del trayecto.

DPU

DELIVERED AT PLACE UNLOADED (named place of destination)
ENTREGADA EN EL LUGAR DE DESCARGO (lugar de destino)

El vendedor cumple sus obligaciones y extingue su responsabilidad cuando la mercancía se pone a disposición del comprador, en la fecha o dentro del plazo convenido, en un lugar determinado del país de destino, descargada del vehículo de transporte, pero no despachada para la importación.

Puede utilizarse para cualquier tipo de transporte.

El comprador y el vendedor pueden utilizar su propio medio de transporte para partes del trayecto.

DPU
Término definido para sustituir a DAT, con la diferencia de que DAT determinaba la «entrega» exclusivamente en terminales de carga, mientras que el DPU podría utilizarse en terminales o en cualquier otro lugar específico (por ejemplo, el almacén del comprador).

DDP

DELIVERED DUTY PAID (named place of destination)
ENTREGADA COM DERECHOS PAGADOS (local de destino especificado)

El vendedor completa sus obligaciones y termina su responsabilidad cuando la mercancía se pone a disposición del comprador, en la fecha o dentro del plazo acordado, en el lugar de destino convenido en el país importador, sin descargar del medio de transporte. Además del despacho de aduana, el vendedor asume todos los riesgos y costes, incluidos impuestos, aranceles y otros gravámenes a la importación.

Puede utilizarse para cualquier tipo de transporte.

El comprador y el vendedor pueden utilizar su propio medio de transporte para partes del trayecto.

Nota: debido a que el vendedor extranjero no tiene las condiciones legales para gestionar el despacho de entrada de la mercancía en el país, este término no puede ser utilizado para las importaciones brasileñas, debiendo optarse por el DPU o DAP en caso de preferencia por las condiciones reguladas por la CCI.